
Ronis Perez Batista
Resumen.
Introducción: Las éticas públicas como éticas aplicadas.
Al hablar de éticas públicas en el contexto del Estado Dominicano debemos partir del mismo
concepto de Estado y reconocer su aparición moderna en el siglo XX en calidad de éticas
aplicadas lo cual ha significado un gran salto dentro del marco de la historia.
“La aparición del Estado en los albores del siglo XVI y su posterior fortalecimiento en los
siglos subsiguientes rompen esta confusión entre misterios políticos y misterios religiosos.
Los secretos del Estado dejan de ser fragmentos sueltos de información y saber y se
convierten en partes articuladas de una racionalidad propia de la política de las nuevas
realidades estatales” Zepeda (2004:18)
Esta visión originaria del Estado tuvo su sello de emisión en la persona de Maquiavelo con
su impronta de un Estado con intereses propios y orientados hacia la conquista o la
preservación del poder. “En el horizonte de la razón de Estado, el fin siempre justifica los
medios. Actos de los individuos como la traición, el engaño o el crimen pueden ser juzgados
como malos o inmorales bajo esquemas éticos o religiosos, adquieren aceptación o incluso
encomio si son puestos al servicio de la acción política. Por ejemplo, todos los sistemas éticos
razonables prohíben matar al prójimo, pero el político debe aprender a usar la guerra o el
asesinato cuando la necesidad de Estado lo imponga” Zepeda: (2004:19)
La razón de Estado y la razón Moral entran en contradicción por definición al declararse
prioridad los intereses del Estado que caen bajo el manejo personal de los que mandan. Es
una referencia obligada a la propuesta Platónica en la Republica de los que nacen para mandar
y los que nacen para obedecer, con la diferencia de que la fundamentación ahora no es
heterónoma-religiosa sino autónoma-secular.
Empieza el distanciamiento de las propuestas morales, se centraliza el poder no solo en unas
manos, sino que se oficializan todas las formas negadoras de la ética al validar la mentira, la
traición, el secreto como norma situando los argumentos estatales como el soporte de la razón
de Estado.
Estos antecedentes son el contrapeso histórico que obstaculizan la concretización moderna
para la construcción de un Estado de Derecho fundamentado en el imperio de la ley y
consecuentemente en una fundamentación de carácter moral negadora de los planteos
provenientes de la edad media.
Es en ese contexto que el Estado moderno, el dominicano se plantea el Estado de Derecho y
que desde la perspectiva de esta presentación pregunta por el fundamento ético a partir de
una de las leyes ejes de la transparencia como lo es el acceso a la información pública.
Las éticas públicas en República Dominicana.
Por largo tiempo nos hemos estado moviendo en una visión estrecha de lo ético y lo moral
al querer situarla en el ámbito de la política, de lo público y hemos extrapolado visiones
individualistas de las mismas haciendo un reduccionismo que termina en reconocer como tal
a las conductas buenas o corteses de los servidores públicos.
Con el surgimiento de las denominadas éticas ap_licadas en la década de los 90 surge una
nueva connotación de lo que hoy reconocemos como éticas públicas y que se define como
una reflexión filosófica desde el ámbito de la moral de hechos realizados en el espacio de lo
público o de lo privado. Parte de los hechos, de las situaciones de hecho para poder
dimensionar su estatura moral.
Una definición apropiada de la misma es aquella que nos señala: “Cuando se habla de ética
pública se refiere sencillamente a la ética aplicada y puesta en práctica en los asuntos de
gobierno. Es la ética aplicada en los servidores públicos, entendiendo por éstos aquellas
personas que ocupan un cargo público ya sea por elección, oposición u otro medio, y que
tienen una responsabilidad ante el Estado. Dichas responsabilidades se traducen en actos
concretos orientados hacía el interés común y/o de la ciudadanía. La ética pública se refiere
entonces a los actos humanos en tanto que son realizados por gobernantes y funcionarios
públicos en el cumplimiento del deber” 24-7-10. http://www.dilemata.net/index.php/Ética-
publica-y-buen-gobierno/introducci-la-ica-pca.html.
A partir de lo expuesto en el párrafo anterior, nos queda por definir cuáles son esos “actos
humanos” de gobernantes y gobernados, haciendo la salvedad de que debemos superar las
visiones individualistas que sitúan el acto moral solamente en la persona (el servidor)
descuidando la dinámica de las estructuras, el entrecruzamiento de intereses de los sectores
públicos y privados, entre otros.
Cuando la definición se refiere a “el cumplimiento del deber” y “actos concretos orientados
hacia el interés común”, nos da dos pautas valiosas porque vincula ahora lo personal con lo
colectivo: el deber y el bien común, abriendo nuevas pistas a la argumentación moral de lo
público
Los estados han estado preocupados, o así lo manifiestan públicamente, por moralizar sus
estructuras o en otros casos por buscar sujetos morales que ocupen la administración pública,
pero la queja sigue siendo la misma cuando al cabo del tiempo estos terminan
corrompiéndose y sigue permaneciendo la duda de si no existen per se los sujetos morales o
si las tentaciones de la estructura los pervierten.
Para entender esa lucha para encontrar personas honestas para la administración pública,
recordemos a Diógenes en Grecia al despreciar las bonanzas de la vida y cuestionar si existía
la honestidad, tanto que empezó a deambular por las calles “buscando a hombres honestos”
y concluyó diciendo que solo había encontrado escombros.
Probablemente el abordaje ético todavía ha sido deficiente, ya que se ha tenido claro el
objetivo, pero no el método. Ha sido una constante intentar logros morales a partir de la
predica continua para que los servidores hagan las cosas bien y la queja común de no lograrlo.
Estas son las intenciones moralizantes.
La otra ha sido de considerar y clasificar a las personas en: serias (o morales) y su opuesto
no-morales o inmorales, levantándose las banderas de nombres específicos a cargos
determinados (ya pasó en la década de los 70, cuando el pueblo pedía que las monjas
volvieran a administrar los hospitales “porque ellas no roban”). Vuelve a dimensionarse a
predestinados.
De acuerdo al Dr, Miguel Suazo, otro instrumento que posteriormente predominó y fue un
avance, fueron los mal llamados códigos de ética del servidor público, mal denominados,
desde su perspectiva, porque en realidad son más bien códigos de estética ya que se
centraban en pautas de conducta que si bien admitimos que no son malos consejeros, se puede
afirmar que andaban alejados de la promoción de la ética como la forjadora de hábitos y
costumbres buenas en el ámbito de la construcción de la justicia, orientándose más bien hacia
la conformación de comportamientos corteses y al desarrollo de modelos implantados en la
categoría de servicio al cliente. En la actualidad se ha hecho un cambio de nomenclatura de
códigos de ética por el de códigos de integridad.
Las leyes, las normativas y las intenciones: El método de la deliberación moral
El Estado de Derecho propugna por el imperio de la ley y la ética pública porque la ley sea
moral. Los códigos y las “personas serias” dialogan desde una moral dilematizada que genera
situaciones antagónicas y eligen decisiones por mayoría o por convicción. Las realidades
plurales exigen métodos nuevos como el de la deliberación moral en estructuras más
dialogantes y argumentativas como son las comisiones de ética pública, donde ley, norma e
intención hacen un juego de argumentos entrecruzados ahora desde una razón de estado
moderna fundamentados en el bien común, la ciudadanía y la búsqueda de la justicia, que
hay que manejarla desde el interior del Estado y desde una perspectiva moral.
La ética pública en el contexto dominicano.
Para que la ética encuentre un espacio en el contexto dominicano tiene que ser desde el
modelo de las éticas aplicadas, para ello debe entenderse que ni los códigos ni las leyes
pueden ser el asiento de estas. Lo legal tiene su espacio y lo moral el propio.
Sin dudas deben tener una zona de convergencia, el dialogo entrecruzado para buscar los
mínimos aprobados en términos sociales, según Rawls. La ley tiene que ser un reflejo moral
del consenso público de un momento determinado y las instancias legislativas los sensores
de alerta para adaptarlas, cambiarlas o modificarlas según las necesidades de la época, pero
sin perder su esencia de moralidad que es en última instancia quien justifica su existencia.
La maestra Adela Cortina con sus éticas de mínimos las cuales colocan sobre la mesa el
principio de la justicia como el plato principal. La justicia vista como “ajuste” a la norma, es
decir estamos llamados a acercar propuestas a la norma y para ello hace falta que primero
identifiquemos en la equidad aquello que probablemente es “lo que todos quieren”.
Sentar valores mínimos con los cuales la sociedad sería capaz de operar. Unos mínimos que
sean sustentados y aprobados sino por todos, por lo menos por las mayorías que puedan
hablar con voz propia y de forma directa, con las representadas por las fuerzas políticas,
sociales, no gubernamentales.
Esos sectores estarían llamados a identificar los mínimos y a negociarlos en nombre de la
justicia, pero esto tiene que encontrar vías factibles de elaboración y sin lugar a duda y, en el
caso que nos ocupa, tendría que venir dado por el debate y acuerdos sobre la transparencia y
las leyes que le soporten, en especial la de libre acceso a la información.
Palabras clave.
• Ética pública
• Éticas aplicadas
• Éticas de mínimo
• Buen gobierno
Nota biográfica del autor.
Ronis Perez Batista. Licenciado en Filosofía por la Pontifica Universidad Católica Madre y
Maestra (PUCMAIMA) con tesis sobre el concepto de nación en Don Américo Lugo,
maestría en administración pública de la Pontifica Universidad Católica Madre y Maestra
(PUCMAIMA), maestría en educación social de la Universidad de Sevilla, España.
Servidor público desde el 1994, coordinador del diseño de la política nacional de juventud
desde la Dirección General de Promoción de la Juventud (1994-1996), instalación de oficinas
de acceso a la información pública desde el Consejo Nacional de Reforma del Estado (1998-
2012), seguimiento a los portales de transparencia y capacitación en ética pública y temas
afines desde la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (2012- actualidad).
Profesor Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC) 2000-2018.
